Planes interiores marítimos

El Real Decreto 1695/2012 de 21 de diciembre, aprueba el Sistema Nacional de Respuesta ante la Contaminación Marina. Según establece el citado Real Decreto deben desarrollar un Plan Interior Marítimo, antes del 16 de enero de 2014, todas aquellas “instalaciones que manejan en el ámbito marítimo y portuario sustancias a granel, nocivas y potencialmente peligrosas, distintas a los hidrocarburos”, así como todas aquellas instalaciones que manejen hidrocarburos y derivados que aún no tengan aprobado un plan de respuesta por contaminación (terminales marítimas, puertos pesqueros, astilleros, varaderos, marinas deportivas, etc.).